Pues resulta que si besas a tu pareja en el coche, o corres por la calle… ¡multa!

COMPARTIR 0 TWITTEAR

Viñeta cómica sobre multa de tráfico

Pues nada, solamente llevamos dos semanas de este recién estrenado año, y ya tenemos las dos primeras multas no exentas de polémicas que están dando mucho de que hablar en los diferentes medios de comunicación gracias a controvertidas sanciones a la hora de aplicar con demasiado escrúpulo el Reglamento General de Circulación. Pero veamos con más detenimiento ambos casos.

80 euros de multa por besar a su novio

Multa de tráfico

Carballiño (Ourense) 6 de enero, a las 17:00 horas. Tras recoger a su novio, Vanesa Viéitez circula por la Avenida de Compostela cuando una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico le da el alto. El agente le solicita la documentación del vehículo y el carné de conducir por hacer, literalmente, “cosas raras”.

Tras 15 minutos de espera, el Guardia Civil le devuelve la documentación indicándole que ha sido multada “por haber conducido limitando la capacidad de movimiento” explicándole que la causa es porque su acompañante la había besado y esa acción es motivo de sanción. El resguardo de la multa así lo refleja en el apartado de observaciones, en el que la patrulla apunta que la conductora mantenía relaciones cariñosas con su acompañante.

La supuesta infracción se incluiría en el artículo 18, apartado 1 del Reglamento General de Circulación, que se refiere a “conducir el vehículo sin mantener la propia libertad de movimientos”, algo que la joven sancionada niega con contundencia, y cuyas declaraciones no dejan lugar a dudas.

Pensé que se trataba de una broma, que era algo surrealista, porque yo ni me moví de mi asiento, simplemente él se inclinó para besarme y yo seguí conduciendo atenta a la carretera.

100 euros y retirada de 4 puntos por correr en la calle

Corriendo por la ciudad

No abandonamos las tierras gallegas para centrarnos en un caso, si cabe, más peculiar que el anterior. Estamos en La Coruña, cuando de repente, un ciudadano que hacía running por la calle es detenido por una patrulla de la Policía Local tras varios avisos que nuestro protagonista no se imaginaba que iban dirigidos a él.

El motivo de tal alto es, cuanto menos, extraña, tal y como se puede leer en la propia sanción posterior: “correr por el medio de la calzada y hacer caso omiso de las señales de los agentes”. Como es fácil de imaginar, a nadie en su sano juicio se le ocurriría correr en medio de una calzada urbana y nuestro protagonista no iba a ser menos, ya que lo hacía sobre una ancha mediana que divide la calzada para poder cruzar hacía su destino.

Así que ni cortos ni perezosos, los agentes de la autoridad le sancionaron con una multa que asciende a los 100 euros. Sin embargo, lo más llamativo no sólo fue la sanción económica, sino que la sanción también incluía la pérdida de 4 puntos… ¡del permiso de conducir!

Imagino que ahora te estarás haciendo la pregunta del millón. ¿Pueden quitarme puntos del carné sin estar conduciendo? Aunque es evidente que como peatones también tenemos límites y obligaciones de las que podemos ser multados si ponemos en riesgo la circulación, en ningún caso pueden sustraernos de dichos puntos porque su aplicación es exclusiva a sanciones cometidas cuando se conduce un vehículo a motor, por lo que estos agentes de la autoridad todavía no saben que no es necesario sacarse el carné de conducir para poder hacer footing por la calle de nuestra localidad.

Y si queda alguna duda al respecto, la normativa de Seguridad Vial es contundente en este tema.

La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir.

Como puedes observar, volvemos a ver casos de multas extrañas que no tienen ni pies ni cabeza que no hacen sino alimentar la creencia de que los agentes de la autoridad se mueven exclusivamente con afán recaudatorio a la hora de ejercer su trabajo para poder recibir su particular comisión a la hora de ejercer su trabajo.

Archivado en Curiosidades, Multas, Seguridad vial
COMPARTIR 0 TWITTEAR

Comentarios (8)

Usa tu cuenta de Facebook para dejar tu opinión.

Otras webs de Difoosion